Martes, 30 Mayo 2023
Horario extendido de los corredores, Trolebús y Ecovía, el día de elecciones

Horario extendido de los corredores, Trolebús y Ecovía, el día de elecciones Destacado

 

Durante la jornada cívica electoral, se ampliarán los horarios de operación de los corredores de transporte público: Corredor Central Norte, Sur Occidental, Trolebús y Ecovía, el domingo 5 de febrero a partir de las 20:00 hasta las 02:00 del lunes 6 febrero.

Esto debido a que el Municipio de Quito, a través de la Secretaría de Movilidad, firmó un Convenio de Cooperación Interinstitucional con el Consejo Nacional Electoral (CNE), Delegación Pichincha.

Cabe señalar que, durante el día de las elecciones, el sistema de transporte público municipal, convencional, intracantonal combinado, rutas troncales y sistema de alimentación funcionarán con normalidad; no obstante, a partir de las 20:00 que inicia el horario extendido, únicamente prestarán el servicio las rutas troncales de los corredores señalados, es decir, no habrá servicio de buses alimentadores.

La medida tiene por objeto proporcionar transporte a través del sistema troncal a las personas que integran las juntas receptoras del voto, para que puedan desplazarse hacia sus destinos una vez concluida la jornada electoral, en horas de la madrugada, como es de conocimiento general.

La operación, en horario extendido, será de la siguiente manera:

El Corredor Central Norte operará con el circuito C2, ruta troncal Terminal Ofelia–Estación La Marín, con un intervalo de 30 minutos entre cada unidad.

El Corredor Sur Occidental prestará el servicio con la ruta troncal Terminal Quitumbe-Seminario Mayor (T1), con un intervalo de 30 minutos entre cada unidad.

Se pondrá a disposición, entre Trolebús y Ecovía, 20 buses biarticulados debido a la capacidad de transportar 250 personas en cada vehículo, por viaje, sin el servicio de rutas alimentadoras; de estas unidades, 10  buses prestarán su servicio en el Trolebús y 10 buses en la Ecovía.

El valor del pasaje es de USD 0,35 centavos, a este valor se aplicará las tarifas preferenciales previstas en el Reglamento de Aplicación a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la Ley Orgánica de Discapacidades; y, el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.

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