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Los clientes que tienen saldos en modalidad de crédito rotativo (sistema que permite hacer pagos mínimos) en tarjetas de casas comerciales deberán cancelar sus cuentas con cuotas fijas, según una resolución emitida el 14 de septiembre pasado por la Superintendencia de Compañías.
La primera transitoria del documento indica que los clientes que hasta el 10 de octubre mantengan saldos por pagar en crédito rotativo deberán cancelar ese dinero en un mínimo de diez cuotas de igual valor, con vencimiento mensual para cada una de ellas.
Esta disposición surge luego de que el 5 de julio la Junta Bancaria estableciera, a través de una resolución, que “solamente las instituciones financieras y las compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito pueden actuar como emisor y operador...” de tarjetas de crédito. Ello generó que los almacenes dejaran de emitir tarjetas de crédito y optaran por entregar crédito directo.
Estas restricciones fueron anunciadas por el superintendente de Bancos, Pedro Solines, luego de que el presidente Rafael Correa dijera que parte de la población con acceso a crédito estaba sobreendeudada.
La resolución de la Superintendencia refiere que los saldos que se pagarán a plazos seguirán emitiendo intereses que se calcularán sobre el capital que queda luego de cancelar cada mensualidad. También se indica que el cliente puede pagar anticipadamente la totalidad del capital e intereses hasta la fecha de pago.
La excepción a esta nueva regulación es la tarjeta de crédito de almacenes De Prati, pues mantienen una titularización de sus flujos y, por ello, tienen un calendario para la eliminación del plástico.
Esa empresa podrá seguir emitiendo tarjetas de crédito. Sin embargo, paralelamente tiene que suprimir algunas, cumpliendo un cronograma de la Superintendencia.
Hasta el 4 de octubre deberá eliminarse el 15% de las tarjetas de crédito y en el mismo mes del próximo año deberá estar fuera de circulación el 44%. En el 2014 será el 73%, en el 2015, 94%; y el 4 de abril del 2016 ya no habrá tarjetas en circulación. Según la Superintendencia, se podrán mantener ventas con crédito directo, pero no permite que sea rotativo.
Cobros extras de documentos
Estado: Las tarjetas comerciales pueden cobrar por corte impreso del estado del crédito, interés de financiamiento o mora, por copia de recibo de pago, certificado escrito de crédito al día, referencias comerciales, cheques devueltos y protestados. Las tasas por esos servicios se fijarán cada semestre.
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