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El 26 de junio de 2012, Mauricio Jaramillo Velasteguí, director general del Consejo de la Judicatura, comunicó al asambleísta Jiménez, la decisión del máximo órgano de control de la justicia, de investigar el procedimiento del conjuez. “La denuncia en mención, cuenta con informe positivo de la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica del Consejo de la Judicatura, constante en el memorando No. DNAJ-2012-1664, de 26 de junio de 2012, criterio que es compartido por esta Dirección General. El informe de la referencia, señala como fundamento de su conclusión, la normativa contemplada en la Constitución de la República (Art. 178), Código Orgánico de la Función Judicial (Arts. 20, 114 y 123); así como también el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Disciplinaria del Consejo de la Judicatura (Arts. 2, 8, 10)”, señala el documento.
Como se recordará, el 14 de junio de 2012, Jiménez, Villavicencio y Figueroa, elevaron al Consejo de la Judicatura un pedido de destitución en contra del conjuez Richard Villagómez, a quien se lo acusa de no haber observado el conflicto de intereses del fiscal Galo Chiriboga, quien pidió la desestimación del caso, inobservando que el fiscal fue abogado del denunciado, presidente de la República, Rafael Correa, y por cuanto los denunciantes fueron impugnantes de Chiriboga, en el proceso de selección de fiscal del Estado, lo cual lo inhabilitaba a actuar, según lo dispone el Código de Procedimiento Penal y el Código de Ética de la Fiscalía. “El Fiscal debía excusarse y el conjuez estaba en la obligación de advertir este hecho”, sentenciaron los demandantes.
El fondo de la denuncia se orienta a que el conjuez actuó contra disposición expresa, contemplada en una resolución de la Corte Nacional de Justicia, de fecha 3 de febrero de 2012, la cual establece que la calificación de maliciosa y temeraria, corresponde hacerlo a los jueces de Garantías Penales, luego de un juicio, no en la fase de indagación previa, como solicitó el fiscal y aceptó Villagómez.
Fernando Villavicencio sostuvo que la Corte actuó con “premeditada dedicación política”, en contra de los denunciantes, escuchando las voces del Ejecutivo, al reformar la citada resolución de febrero, disponiendo a los jueces, ahora sí, a calificar de maliciosa y temeraria la denuncia, ante un pedido de desestimación
“Pero se les durmió el diablo, por cuanto la modificación de la resolución entró en vigencia el 10 de mayo de 2012, un día después de dictado el auto por el juez Villagómez, que fue el 9 de mayo de 2012. En este sentido, el conjuez vulneró la resolución de Corte y las disposiciones del Código de Procedimiento Penal, por lo tanto el fallo judicial es nulo”, agregó Villavicencio.
Los denunciantes presentaron una abundante documentación que involucra al conjuez Villagómez, con varios casos judiciales, como haber sido objeto de una sentencia de la Corte Suprema, cuando en su condición de fiscal de Chimborazo inició una acción penal en contra del exprocurador síndico del cantón Guano, Remigio Verdezoto, siendo lo procedente una acción civil. “Es decir con el procedimiento doloso de Villagómez se sentenció a un inocente a 6 meses de prisión”, dijo Villavicencio.
Actualmente Verdezoto presentó un juicio en contra del Estado por daño moral.
También se solicitó al Consejo de la Judicatura investigar todo el pasado de Villagómez en la Fiscalía de Chimborazo, en especial una indagación previa establecida en su contra por haber inducido a engaño a la autoridad, por haber protagonizado un accidente de tránsito, huido del lugar dejando heridos del otro vehículo, y denunciado al día siguiente un falso robo del auto, para aparecer dos días después firmando una acta con los perjudicados. Por esta razón Villagómez fue separado de la Fiscalía el año 2008, sostienen los denunciantes.
“Se deja constancia y protesta en contra del propio Consejo de la Judicatura, por no haber advertido de esta oscura hoja de vida judicial de Villagómez Cabezas, en el proceso de selección de jueces de la Corte Nacional de Justicia”, concluyen los denunciantes en un comunicado.
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