Abuela que fue denunciada por no pago de pensión alimenticia recupera libertad
(4 votos)
miércoles, 01 de septiembre de 2010 14:14
ljaramillo20100901-ta.jpgicono_video.gifDespués de residir casi un mes en prisión en el Centro de Detención Provisional del Guayas, recuperó la libertad la abuela Luz Jaramillo que fue detenida el pasado 2 de agosto por el no pago de pensión alimenticia, Jaramillo volvió a reiterar que no ha cometido ningún delito y se mostró contenta de regresar a su hogar. (Teleamazonas)

(OG)

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Comentarios (12)
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1. 01-09-2010 14:49
 
Sin Comprencion
Como es posible que la propia familia de un ser haga a un lado solo por no querer pagar i así dar una vida digna a uno de sus integrantes, y mas esta mal llamada abuela se pone feliz por que el pobre nieto no podrá continuar sus estudios o vivir, esto es la poca cultura de algunos Ecuatorianos por suerte minoría hoy son un 28%, pero que pobre miserable señora si se le puede llamar así, cuando una ley MUNDIAL entra en vigencia en Ecuador para pocos como periodistas corruptos o analistas de yo no se que, que seguramente nunca analizaron del porque de su mala vida, y medios como ese canal de Egas uno de los evasores del Ecuador se pone sin mirar consecuencias únicamente con el afán de desvirtuar una ley aprobada casi en el mundo entero, seguro que las familias tienen que hacerse cargo de sus familiares, solo ignorantes de la realidad mundial pueden pensar que esto esta mal, se pueden dar cuenta en clase de país vivíamos gracia señor Correa, ahora solo esperamos nuevos jueces y así empezar todos esos juicios por falta a la fe publica, ya que editar mentiras y conspirar contra poderes democráticamente elegidos es penado en todo el mundo, se llama Terrorismo y conspiración, yo pienso que algunitos conocen estos términos mas que yo.
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Marcos Perez
2. 01-09-2010 15:02
 
Que verguenza de Justicia
Es denigrante, es asquerosa quienes escriben las leyes de un pais que no quiere aprender de los errores de los demas, simplemente es vergonsoso leer que una señora de edad sea detenida por mas de 25 días ante las pretenciones de una chica irresponsable, ,inutil, ambiciosa, que lastima da la imagen de un pais ignorante al mundo!!!!
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Camilo Morales
3. 01-09-2010 15:29
 
que dices...!!!
piensa y analizate bien antes de dar ese comentario tan "ignorante" por que para decir eso que escribes se nota en ti la falta de criterio antes de juzgar a otras personas pues ni siquieras sabes la situacion economica o la realidad de este caso solo piensa si este fuera tu caso en ninguna parte del mundo pasan estas tonterias de apresar a los abuelos por algo como esto ademas le agradeces a un ESTUPIDO rencoroso y separatista "robin hood" como lo es tu presidente pero pareces estar complacido por este caso "sr Perez". 
 
Pobre mi pais en que infierno se ha convertido con robos,narcotraficantes,leyes antojadas por 4 pelafustanes rebeldes y unos cuantos ilusos que los apoyan.
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Roberto Matrix
4. 01-09-2010 15:47
 
Leyes como esa
LEYES COMO ESA ES QUE LE BAJA POPULARIDAD AL PRESIDENTE ES ALGO TAN TONTO Y ABSURDO QUE UNA SRA DE LA TERCERA EDAD DESPUES DE HABER TRABAJADO Y EDUCADO A SU HIJO AHORA TAMBIEN TENGA QUE HACERLO CON SU NIETO, SI LE METEN PRESO A UNA PERSONA DE LATERCERA EDAD ENTONCES TAMBIEN TENDRIA QUE IR PRESA LA MADRE DEL NIÑO QUE ELLA ES RESPONSABLE DIRECTO DEL CUIDADO DEL NIÑO OJALA Y LOS ASAMBLEISTAS CAMBIEN Y REFORMEN ESTA PENOSA LEY.
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Galo Acosta Jiménez
5. 01-09-2010 16:02
 
RESPETEMOS CRITERIOS E INFORMACIONES
Primeramente, un juicio de alimentos nace porque ha nacido un ser humano, luego, la vigencia de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y Adolesc3ncia, publicada en R.O # 643 del 28 de julio de 2009, en su artículo innumerado 5 dice: "Los padres son los titulares principales de la obligación alimentaria, aún en los casos de limitación, suspensión o privación de la patria potestad. 
En caso de ausencia, impedimento, insuficiencia de recursos o discapacidad de los obligados principales, debidamente comprobado por quien lo alega, la autoridad competente ordenará que la prestación de alimentos sea pagada o completada por uno o más de los siguientes obligados subsidiarios, en atención a su capacidad económica y siempre y cuando no se encuentren discapacitados, en su orden: 1.- Los abuelos/as; 2.- Los hermanos que hayan cumplido 21 años...; 3.- Los tíos/as." 
 
Cuando en la demanda se incluido subsidiarios, el juez primero pide que justifique el porqué se demanda a un subsidiario, posteriormente, en la audiencia única, las partes aportarán con pruebas de la pretensión o de la defensa, lo que quiere decir, cuánto de ingresos tiene el padre y/0 los subsidiarios, y con estos elementos probatorios, hay que aplicar la RESOLUCION 02-CNNA-2010 publicado en R.O. # 128 del 11 de febrero de 2010, es decir, se hace un cálculo porcentual de acuerdo al número total de hijos y se divide para todos, ese porcentaje corresponde a la pensión de quien o quienes demandan, dicho de otra forma, mientras más hijos se tiene, en dos o más mujeres, menos le corresponde pagar. PERO SI POR DESCUIDO no se presentan en la audiencia única, no presentan las partidas de nacimiento de otros hijos, es natural que la pensión la fijará el juez, al demandado principal o al subsidiario. Es un derecho a la alimentación. 
 
En los juzgados de la niñez, hay muchos casos ya, que los abuelitos, tíos/as están pagando pensiones alimenticias, unos con todo gusto porque son sus nietitos, sobrinos, pero también hay otros que creen que con ponerse enojados, nadie les va a obligar. Y estar detenido, es un mecanismo de presión, y luego de la primera detención que será hasta por 30 días, ya casi nadie se descuida de pagar puntual dichas pensiones y décimos. 
 
Por tanto, si le llega una boleta de citación, no espera la segunda, busque un arreglo adjuntando las otras partidas de nacimientos de hijos ante el Juzgado, para que no le impongan más de 65.28. Esto no es la pensión mínima, dependiendo de los ingresos económicos y de los hijos que tiene, puede quedar en pensión de, 370, 200, 110, 85,65.28, 50 dólares, 33 dólares, 25 dólares, 22 dólares
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Rodrigo Pinango
6. 01-09-2010 18:16
 
Infelices
todos los que crean que esto esta bien, asi como al criatura no tiene la culpa tampoco tiene la culpa la abuela, por que no se faja la madre trabajando como lo han hecho muchas madres en la vida, acaso no dicen los robolucionarios que ha bajado el desempleo? 
Solo en ecuador se pueden ver estas cosas que en el extranjero provocan risa de ver las idoteces de leyes que se crean aqui. 
 
A los padres irresponsables que los undan en el tacho, a la madre de la criatura que se faje trabajando, para que abrio las piernas sin haber comprobado que clase de tipejo tenia adelante. 
 
Y a los rosados que crean que esto esta bien, les llegara el turno cuando vean afectados sus intereses cuando les llegue la hora de repartir las dos gallinas que tienen los quiero ver. 
 
Peor esto no apsara mas la REVOCATORIA VA!!!!!
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Logan
7. 01-09-2010 20:13
 
El país del cinismo
Una abuelita de la tercera edad presa por no haber cometido ningún delito; en tanto que ningún funcionario público con pruebas de haber cometido delito de peculado está preso. Y como siempre los rastreros del gobierno aplauden.
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Nicolás Díaz
8. 01-09-2010 23:36
 
PAGO DE PENSION
PARA QUE LA NUERA PROCEDA DE ESTA MANERA DE HACERLA DETENER A SU SUEGRA, HA DE SER PORQUE NO HA HABIDO BUENA RELACION ENTRE ELLAS.Y LA ABUELA NO SE A PREOCUPADO DEL NIÑO.
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FREDDY ZAMORA ANDRADE
9. 02-09-2010 02:22
 
EQUIDAD
Bueno hasta ahora se estan salvando los padrinos,y si las nueras o yernos furan pudientes tambien tendriamos derecho de estos bienes.Esto debe ser voluntario,nada obligatorio.
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Pedro Becerra Ortega
10. 02-09-2010 10:28
 
LEY CUESTIONADA
Este caso solo puede vivirse en este país de la ROBOLUCIÓN del siglo XXI, esta ley que no tiene ni una pequeña pizca de criterio de lo que significa la responsabilidad de las personas que han traído al mundo a sus hijos, y el derecho de los abuelos, tíos, etc. 
Si dos personas procrean a un hijo, son los dos los responsables directos de la manutención de los mismos, pues los parientes no pueden estar ante la irresponsabilidad de sus padres. 
Cualquiera puede tener un hijo de una persona que tenga algo de dinero, entonces con poner un juicio, Ella ha encontrado un modo de vida o subsistencia de esa manera. 
Creo que El abogado de Luz Jaramillo tendría que luchar por pagar lo mínimo y personalmente comprarle a su nieta lo que Ella quiera. 
Por otro lado estoy segura de que el Presidente de la República, ahora va ha ganar pero en la revocatoria del mandato, creo que la gran mayoría daremos nuestra firma, foto o lo que sea para que salga lo mas pronto.
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Mirna Chavez
11. 02-09-2010 12:04
 
3 puntos
Me alegro por la libertad de la señora. 
La señora es persona pudiente con su hijo fallecido,lo siento, pero al parecer tampoco se ha dolido de la situación de su nietecita enferma lo cual como abuelo pongo en tapete, que sin querer decir obligación si hay un deber moral como sangre de mi sangre preocuparme, independientemente de la relación con la nuera o yerno, por ese ser. 
De hecho los padrastros de la Patria deben con urgencia dar los cambios y o reformas a esta dura ley que sin embargo debe haber sido la unica opción de esa madre tambien deseperada por su retoño. 
Espero sea tomado este criterio con la mayor ecuanimidad porque esta experiencia es para pensar en lo que nos pasa y lo que nos puede pasar si no maduramos todos.
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Efrén Mantilla N .
12. 04-09-2010 17:36
 
RESPONSABILIDAD
El paternalismo y maternalismo, ha hecho de nuestra sociedad padres irresponsables; y, de eso se han tomado nuestros inventores del agua tibia para sacar leyes mediocres que no tienen ninguna base juridica, para encausar a los abuelos, los tios, y mas allegados directos.  
No hay mal abuelo, ni malos tios, ni malos parientes, cualquiera puede hacerse cargo de los gastos de su pariente menor de edad pero ese no es el caso, el caso es que en la mayoria de los paises del mundo el menor en primer lugar es protejido por sus padres, y a la FALTA de ellos es el GOBIERNO CON SUS INSTITUCIONES AFINES el que toma cartas en el asunto para que a ese menor no le falte proteccion y bienestar, en la mayoria de los casos entregandole a un hogar sustituto hasta, que se defina la situacion del menor; y/o un pariente en ccualquier linea se ofrezca a prestar el cuidado del menor. Hay mucho que analizar en este caso y en los que se pueden dar al respecto pero esas leyes caoticas son las que crean conflictos como el de la Sra. abuela que tubo que pagar una pena que no es de su responsabilidad directamente.
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Jose Benajmin Guerrero Suarez

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