Diario Expreso de Guayaquil
Los medios deberán rendir cuentas a los ciudadanos
(4 votos)
martes, 09 de marzo de 2010 06:05
Una vez al año y si así lo solicita algún ciudadano o grupo social, los medios de comunicación deberán rendir cuentas de su accionar. La medida es obligatoria, según consta en el veto parcial al proyecto de Ley Orgánica de Participación Ciudadana.

En el segundo debate de dicha norma, la Asamblea Nacional había aprobado que la ciudadanía solicite rendición de cuentas solo a las entidades públicas o a las privadas que manejen recursos del Estado.

No obstante, el presidente Rafael Correa pide que se incluya expresamente a los medios “por ser entidades públicas o personas naturales o jurídicas de derecho privado, que prestan el servicio público de la comunicación”.

En todos los casos (sector público y medios) la rendición deberá realizarse una vez al año y no “en cualquier momento”, como lo aprobó el Legislativo durante el segundo debate. Adicionalmente, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social será el encargado de establecer “los mecanismos, instrumentos y procedimientos” para la rendición de cuentas.

Pero el Ejecutivo va más allá y establece de forma mandatoria y “no facultativa” que los medios de comunicación “deberán crear” espacios para difundir contenidos sobre la “formación de la ciudadanía en temas relacionados con: derechos, deberes, el buen vivir y las formas de participación ciudadana y control social”.

Dicha difusión deberá ser en idioma castellano, kichwa y shuar “o en los idiomas ancestrales de uso oficial, dependiendo de las respectivas circunscripciones territoriales”.

En otro aspecto, el Primer Mandatario determina que las cinco funciones del Estado (Ejecutiva, Legislativa, Electoral, Judicial y de Control Social) establecerán una agenda pública para que sea consultada a los grupos sociales. El objetivo de ello es que la participación ciudadana no tenga que darse en temas que son de resolución interna; como por ejemplo, la definición del orgánico funcional de una entidad.

En cuanto a la iniciativa popular para presentar proyectos de ley, el presidente incorpora dos requisitos: el primero, que la norma esté adecuadamente redactada; y el segundo, que cuente con las firmas de respaldo suficientes según lo determina la Constitución (0,25% del padrón electoral).

Tras el cumplimiento de todos los requisitos, la iniciativa legal deberá ser presentada al órgano legislativo correspondiente. Tal es el caso de la Asamblea Nacional.

Luego, según se contempla en el veto, si este organismo no admite a trámite la propuesta, los ciudadanos proponentes podrán solicitar un pronunciamiento a la Corte Constitucional. Este fallo deberá ser emitido en un plazo de 30 días.

De los 101 artículos que comprende el proyecto de Ley Orgánica de Participación Ciudadana, el Ejecutivo objetó 25, más dos disposiciones generales y una transitoria.

Esta norma también contempla, entre otros temas, mecanismos como la consulta popular, veedurías y observatorios ciudadanos.

El Parlamento tendrá hasta el próximo 5 de abril para resolver la objeción parcial.

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Comentarios (2)
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1. 09-03-2010 13:52
 
RENDIR CUENTAS...
LA EMPRESA PRIVADA COMO PRESTADORA ('dadora') de SERVICIOS PÚBLICOS... 
 
...LA PRESTACIÓN (dación- entrega) DE SERVICIOS (al-para el) PÚBLICO/S, implica FUNDAMENTAL y NECESARIAMENTE: el EJERCICIO de un DERECHO, a la vez: el cumplimento de ciertas OBLIGACIONES (Deberes); ésta es realmente la facultad (el derecho) que el Estado CONCEDE, para que sea ejercida por terceros en el campo (entre muchos otros de variada índole y naturaleza) de las tele-comunicaciones, el facultar al sector del mercado -empresas, personas privadas-, para -'dar'- prestar un SERVICIO PÚBLICO. 
 
LA COMUNICACIÓN COLECTIVA (Al colectivo, al público = 'a, para todos'), es una facultad y derecho PRIVATIVO en DOMINIO del ESTADO.-  
 
El brazo ejecutor de este (del Estado) es el GOBIERNO de turno, el mismo que DEBE (imperativo-compulsorio) EJERCER este derecho DIRECTAMENTE (Medios de comunicación OFICIALES); alternativamente, PUEDE (discrecional) DELEGAR - CONCEDER el EJERCICIO DE ESTE DERECHO y facultad exclusivas, a terceros del sector PRIVADO.  
 
EL uso y aprovechamiento -comercial o no- de "LAS FRECUENCIAS" (Las ondas Hertzianas), la herramienta -el camino- la vía, necesariamente estarán permanentemente AFECTAS-VINCULADAS (Serán consustanciales) al ejercicio del derecho para la prestación del servicio de comunicaciones al-para el Público, igual que lo está cualquier medio de transporte colectivo ("Bus") al transporte de "pasajeros".- NOTA.- (Las carreteras, caminos, etc., son también medios de comunicación, pero si a UD. no le han CONCEDIDO previamente una licencia de manejo, no puede, ni debe EJERCER EL DERECHO -porque no lo tiene- de manejar su automotor, o lo que sería mas grave aún, prestar el SERVICIO PÚBLICO de transportar -comercialmente o no- a terceras personas en el! )...  
 
Los MEDIOS DE COMUNICACIÓN, tanto los del sector OFICIAL cuanto los PRIVADOS, son los prestadores-'dadores'-'entregadores' de SERVICIOS PÚBLICOS (Al-para el público) por excelencia; la entrega de este SERVICIO, al igual que el de abastecimiento de agua potable o el de energía eléctrica, entre otros, son una facultad PRIVATIVA EN DOMINIO DEL ESTADO. (Ergo: de TODOS los ecuatorianos).-  
 
SIENDO LOS MEDIOS PRIVADOS PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS quienes (los que) EJERCEN ESTE DERECHO POR D-E-L-E-G-A-C-I-Ó-N de TODOS NOSOTROS, estimo que es procedente, se considere la posibilidad de que las actividades específicas, que al tenor de estos principios desarrollan anotados medios de comunicación colectiva, estén obligatoriamente sujetos al control estatal, y rendir cuentas a los ciudadanos.  
 
Saludos de Ambato  
 
 
NOTA MARGINAL.- (!Prohíbece hacer muecas!)  
...Siendo las palabras al oído (!susurros!), los gritos (alaridos sabatinos!), el !Tam-tam! de tambores, las señales de humo, de luces, de espejos,etc., MEDIOS para inter-comunicar/ce, al igual que lo es la correspondencia epistolar (las 'cartas'), lo pueden ser inclusive las muecas o las 'malas' señas (!Peligrosísimas estas últimas!); ha menester se conceda una licencia, para que el sector privado pueda practicarlas a travez de sus medios como -en la forma de- LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO (al-para el) PÚBLICO.- Vale.
Registered
 
JOSE LORENZO SAA
2. 10-03-2010 00:39
 
Que rindan cuentas
Si que rindan cuenta todos los ministros, subsecretarios, asambleistas, jueces, secretarios de juzgado, todos los que ocupan cargos publicos y que justifiquen sus fortunas despues de haber ocupado un cargo publico. 
 
Que rindan cuentas los medios de comunicacion por informar y por tener determinada forma de pensamiento, que absurdo este planteamiento, es lo mejor que se ocurrio a estos involucionarios 
 
Basta de circo, los ladrones no son los medios de comunicacion que no han quitado un centavo a ningun ecuatoriano.  
 
Revolucion es meter preso a los delincuentes que ahora se hacen lamar honorables y antes de sus cargos publicos no eran mas que lamebotas de algun jeque o cacique de algun partido politico. 
 
Los salarios de los empleados publicos no son para enriquecer a nadie, todo el mundo quiere ser empleado publico para trabajar poco y estorcionar al contribuyente, cuando esto cambie eso es revolucionario el resto es paja.
Registered
 
Manuel A Ulloa Moran

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